Aumento para jubilados, con dos bonos extraordinarios
Este viernes, el Gobierno nacional dispuso a partir del 1 de marzo un aumento de la jubilaciones del 8,07 por ciento, más el pago de dos bonos en los meses de abril y mayo de $1.500 cada uno para todos los jubilados y pensionados con ingresos de hasta 30.856 pesos.
De esta manera, el haber mínimo en el mes de marzo será de 20.571 pesos, pasará a ser de 22.071 pesos en abril y mayo, lo cual implicará un aumento del 16 por ciento en esos meses de la jubilación mínima, según informaron desde Anses.
Y explicaron:"Al considerar el aumento por movilidad y los bonos, una jubilación mínima aumentará un 16 por ciento, ganándole claramente a la inflación del trimestre".
Así, el aumento de las jubilaciones, pensiones y asignaciones a partir del 1 de marzo será de 8,07 por ciento, con lo cual la jubilación mínima subirá a 20.571 pesos y la máxima ascenderá 138.426 pesos.
Además, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ascenderá a 16.457 pesos, sin incluir los dos bonos.
Vale destacar que este es el primer incremento que se realizará bajo la Ley 27.609 de Movilidad Jubilatoria y alcanzará a 8,3 millones de jubilaciones y pensiones y 9,6 millones de asignaciones como Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignaciones Familiares, Asignación Universal por Embarazo (AUE).
Al respecto, desde Anses remarcaron que con la anterior ley, el aumento de marzo hubiese sido de 7,18 por ciento.
También aclararon que "el 70 por ciento de los jubilados, jubiladas, pensionados y pensionadas de menores ingresos, que fueron quienes se vieron más afectados y afectadas en los últimos años, obtendrán este beneficio por dos meses hasta la aplicación de la nueva movilidad en junio".
Sobre la nueva ley de movilidad
El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la ley de Movilidad Jubilatoria, el 13 de febrero pasado que establece un ajuste trimestral de las prestaciones, a través del decreto 104 publicado en el Boletín Oficial.
La nueva legislación establece que las jubilaciones se ajustarán los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, en base a una fórmula que se aplicará en un 50 por ciento en base a los recursos con destino a la Anses y en un 50 por ciento a la evolución de los salarios de los trabajadores estables .
Los beneficios a considerar resultarán del promedio trimestral correspondiente a cada período analizado.
La norma votada por el Congreso establece que el Indec y la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo proporcionarán a la Anses los valores del Índice General de Salarios (IS) y del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), respectivamente, con el fin de calcular el índice de movilidad que determina el artículo 32 de la Ley 24.241.
Mientras tanto, la Anses, en el ámbito de su competencia, publicará cada uno de los valores de las variables que se tuvieron en cuenta para el cálculo del índice de movilidad correspondiente, así como la metodología practicada a tal fin.
La ley de Movilidad, se convirtió en ley al recibir 132 votos positivos y 119 en contra el 30 de diciembre pasado en la Cámara de Diputados, luego de un extenso tratamiento que se prolongó por más de diez horas.
Con esta norma se reemplaza la fórmula utilizada durante el gobierno de Mauricio Macri votada en el 2017, la cual fijó a la evolución de la inflación como eje de ajuste. El gobierno de Alberto Fernández al suspender esta fórmula, determinó que a lo largo de 2020 los incrementos en las jubilaciones fueran definidos de manera directa por el Poder Ejecutivo.
Fuente: Télam